El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) comunica el Acuerdo Reglamentario N° 158, Serie “B”, referido al Turno de los Sres. Oficiales de Justicia en los Procedimientos de Violencia Familiar y Medidas “Urgentes”.
En dicho acuerdo, establece que considerando que el cronograma de turnos vigente concluye el día 31 de diciembre (a las 8.00 hs.) del corriente año, resulta oportuno confeccionar uno nuevo que regirá durante los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio del año dos mil diecinueve. Asimismo, sostiene que en atención a lo antes expuesto, corresponde confeccionar el cronograma de turnos de los Sres. Oficiales de Justicia de este Centro Judicial de Capital, para las actuaciones derivadas de la Ley 9283 de Violencia Familiar y para los oficios diarios “Urgentes”, que regirá en el período anteriormente mencionado.
Por todo ello, resuelve que los mandamientos librados por los Tribunales competentes en la Sede Judicial de Córdoba Capital, en el marco de la Ley 9283 y los oficios diarios “Urgentes”, serán practicados en forma inmediata por el Sr. Oficial de Justicia que por turno corresponda, aunque se trate de día y hora inhábil, cuyo cronograma forma parte del Acuerdo Reglamentario N° 158, Serie “B”, como Anexo “A”.
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