Entre los temas abordados durante la reunión mantenida el 10 de agosto con legisladores provinciales, el Colegio Profesional planteó especialmente la incidencia que tiene sobre las subastas judiciales el aporte destinado al Fondo para la Prevención de la Violencia Familiar.
La Ley 9505 estableció que los adquirentes de bienes mediante subastas o remates judiciales deben realizar un aporte destinado a dicho Fondo. En las condiciones actualmente publicadas por el Portal de Subastas Judiciales de Córdoba, este concepto representa un 4% sobre el precio de la subasta.
El planteo realizado por el Colegio se centra en los efectos que este costo adicional puede producir sobre el funcionamiento de las subastas: incrementa el desembolso que debe realizar quien adquiere un bien y puede reducir el universo de interesados en participar.
Una menor participación puede afectar la competencia entre postores y, consecuentemente, el precio finalmente obtenido en la subasta, con impacto sobre las partes involucradas en la ejecución judicial.
Por este motivo, la institución propuso avanzar en el análisis de alternativas legislativas que permitan reducir o eliminar los efectos distorsivos del aporte, procurando compatibilizar los objetivos para los cuales fue creado el Fondo con la necesidad de favorecer un funcionamiento eficiente de las subastas judiciales.
La incorporación del tema a la agenda legislativa constituye un nuevo paso en el trabajo del Colegio para representar ante los organismos públicos aquellas situaciones que afectan directamente el ejercicio profesional y el desarrollo de la actividad.