El Presidente del Colegio Profesional de Martilleros Corredores Públicos de la Provincia de Córdoba, Marcelo Rodolfo Prato, advierte a todos sus colegiados y a la población en general que el CPI Falta a la Verdad cuando dice que sólo los matriculados CPI serán los únicos admitidos por los Escribanos para la firma de una Escritura.
En un convenio marco que firmaron el Colegio de Escribanos de Córdoba y el CPI en la cláusula 2, inc. e) se especifica que: “…el Corredor Público Inmobiliario solo podrá solicitar estar presente en el acto escriturario o acto notarial, cuando sea personalmente el profesional (Escribano) el que requiera hacerlo, y con la conformidad del Escribano y de todas las partes intervinientes y siempre y cuando esté designado en el instrumento público y/o en documentos preescriturarios o fiscales y tributarios. No se aceptará la presencia de agentes inmobiliarios, vendedores o terceros que no actúen profesionalmente. El Escribano podrá exigir que acrediten se matriculados activos…”
En ningún momento dice el convenio que sean solo los CPI los que puedan estar presente en el acto escriturario, ni que los escribanos exigirán solo el carnet profesional CPI para ejercer la intermediación inmobiliaria.
El Colegio de Escribanos en una comunicación en sus redes sociales aclara que: “…El presente convenio no es EXCLUYENTE de otros que puedan suscribirse con distintos profesionales vinculados a la actividad inmobiliaria…”
El Colegio Profesional de Martilleros Corredores Públicos de la Provincia de Córdoba, también cuenta con convenios marco con el Colegio de Escribanos y no vamos a caer en las falacias como lo hace el CPI de mentir a la comunidad con noticias mendaces.
Los fallos citados por el CPI que forman parte de una campaña de desprestigio hacia nuestra Institución de 39 años de profesionalismo y trayectoria.
También son engañosos, ya que en la actualidad no existe prohibición alguna para ejercer la actividad inmobiliaria como parte del corretaje público y la totalidad de las sentencias citadas por el CPI se encuentran apeladas ante la CSJN no existiendo ninguna firme que prohíba al MCP ejercer como inmobiliario.
Fue declarada la incompetencia de los juzgados civiles para decidir respecto a las normativas colegiales y deberá hacerlo la Cámara Contencioso Administrativo.
Asimismo, quiero llevar total tranquilidad a nuestros colegiados, MCP, porque el título nos habilita para el ejercicio profesional y que se encuentra totalmente vigente nuestra Ley 7191, así como el Corredor Público está habilitado para acercar a las partes en toda operación como compra, venta, alquileres, loteos, fondos de comercio, valores mobiliarios, concesiones y explotaciones mineras, Administraciones, Tasaciones, etc.
Con todo esto se pretende llevar tranquilidad a todos y dejar en claro que, ante las mentiras y las campañas injuriosas, la única realidad es la verdad.