En el marco de la Ley Impositiva Anual 2026 (Ley N.º 11090), se introducen modificaciones relevantes en materia de Impuesto de Sellos que impactan directamente en la actividad inmobiliaria.
En particular, el Artículo 45, punto 8, establece una reducción en la alícuota aplicable a los actos, contratos y operaciones vinculadas a inmuebles, que pasa del 1,5% al 1%.
Esta medida representa una disminución en la carga tributaria para las operaciones inmobiliarias, generando condiciones más favorables para la dinamización del sector.
Por otra parte, se informa que las operaciones vinculadas a automotores no presentan modificaciones, manteniéndose la alícuota vigente en el 1,5%.
Desde el Colegio Profesional de Martilleros Corredores Públicos de Córdoba, consideramos importante mantener informados a nuestros matriculados sobre estos cambios normativos, que inciden directamente en el ejercicio profesional y en el desarrollo del mercado.