LA JUSTICIA LO ORDENA: CONFIRMAN RECHAZO Y ARCHIVO DE DENUNCIA PENAL DEL CPCPI CONTRA EL COLEGIO DE MARTILLEROS CORREDORES PÚBLICOS
En el marco de una denuncia penal realizada por el Colegio de Corredores Inmobiliarios en contra del Colegio Profesional de Martilleros Corredores Públicos de la Provincia de Córdoba el Juzgado de Control de Faltas Nº 4 confirmó el rechazo y archivode la denuncia derivada del conflicto suscitado por la vigencia de la Ley 9.445 que regula la profesión de aquellos que posean en título universitario de Corredor Público Inmobiliario.
Además, dispuso revocar la resolución que había admitido como querellante al CPCPI “por carecer los mismos de legitimación activa necesaria”, en tanto no se ha demostrado que “los denunciantes tengan un interés particular afectado que los legitime a intervenir en tal condición”.
Como desde hace más de 12 años la Justicia rechaza todas las denuncias infundadas de las autoridades de la Ley 9.445 y confirma el pleno cumplimiento de la Ley por parte de los directivos del Colegio Profesional de Martilleros Corredores Públicos de la Provincia de Córdoba.
Una vez más se ratifica la validez de la Matrícula 7.191 de quienes poseen el título Único de Martillero Corredor Público para el ejercicio de la profesión y el ejercicio del corretaje en todas sus variantes, incluido el inmobiliario.
Las autoridades del Colegio Profesional de Martilleros Corredores Públicos de la Provincia de Córdoba continúan en defensa de la profesión de Martillero Corredor Público, recordando que quien detente el título único de Martillero Corredor Público debe matricularse en la única matrícula válida que es la que otorga la Ley 7.191. De lo contrario, si se matricula bajo la Ley 9.445 es ilegal y no puede ejercer su profesión.
Para conocer el Fallo completo del Juzgado de Control de Faltas N° 4, ingresar aquí.