El Gobierno de la Provincia de Córdoba a través de la Ley Impositiva Anual N° 10725 estableció modificación al impuesto del sello.
A partir del 2023, de acuerdo a la ley que constituye las alícuotas, mínimos y coeficientes para la base imponible de impuestos y valores de tasas retributivas, se modifica para los bienes inmuebles urbanos destinados exclusivamente a casa locatario quedando exento del pago de dicho impuesto.
Esta variación del marco legal está limitado a los valores de los contratos, es decir, el contrato no debe superar $2.340,00 y el impuesto debe estar debajo de los $23400,00.